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Pensión compensatoria, ¿Que es?

El derecho de alimentos o de recibir una pensión alimenticia es una facultad prevista por la Ley que tiene una persona para exigir a otra lo necesario para subsistir, en virtud de un parentesco consanguíneo, del matrimonio o del divorcio, concepto que había quedado aclarado y descrito en un titulo anterior.-  PENSIÓN ALIMENTICIA Los alimentos constituyen una Institución de orden público e interés social al proteger la subsistencia y permanencia de la familia y las personas que la integran. Justamente uno de los elementos esenciales de este "derecho-deber alimentario" es que es un derecho condicionado a un vinculo legalmente reconocido, como el mismo concepto anterior lo refiere: " ...facultad... en virtud de un parentesco consanguineo, de matrimonio o de divorcio "  Justamente de este ultimo vinculo - o no vinculo - es respecto a lo que nos enfocaremos en el presente titulo.  Los alimentos y el divorcio. De acuerdo con nuestra legislación civil el ...