Decisiones de la vida en el mundo del Derecho




DECISIONES... nuestra vida está llena de decisiones,que ropa usaremos el día de hoy, que vamos a desayunar, que programa de televisión vamos a ver, que nueva publicación realizare en mi cuenta de instagram, Facebook, twiter, etc., el único detalle es que a veces olvidamos que muchas de esas decisiones que tomamos día con día traspasan el ámbito de lo jurídico. ¿A qué me refiero con esto?, bueno aquí resulta importante distinguir entre hechos  y hechos jurídicos.

Un hecho es sólo eso, un suceso, las cosas de la vida como dice la gente,de las que no tenemos control, o aquellas consecuencias de acciones de las que generalmente tenemos control con un resultado en la realidad del cual  no tenemos control, - particularmente pienso que jamás tenemos el control de las cosas o sucesos , solo pensamos que tenemos el control pero eso es otra cosa- , un hecho es un suceso, un acontecimiento y nada más, es cada escena de nuestra vida y de la vida de quienes nos rodean. Ahora bien, existen hechos que conllevan una consecuencia jurídica porque así fue previsto por el o los creadores de una o determinadas normas, a estos los llamamos hechos jurídicos.
Un hecho jurídico es todo evento de la naturaleza o del hombre (en el que no interviene su voluntad), previstos por el legislador para otorgarles una consecuencia en el Derecho, esta sería una definición simple de lo que son los hechos jurídicos, sin embargo, es importante mencionar, que aquellos hechos jurídicos relativos a los eventos del hombre pueden darse de manera involuntaria o voluntaria, sin el deseo de aquellas consecuencias jurídicas previstas por el creador de la norma, es decir, dentro de los hechos jurídicos tenemos los siguientes supuestos:

a)     Eventos de la naturaleza: ejemplo, una contingencia ambiental o un desastre de la naturaleza que obliga al Estado a actuar para salvaguardar la seguridad de la población.

b) Eventos del hombre que pueden ser:
1.- En contra de su voluntad: ejemplo, el nacimiento o la muerte, son definitivamente sucesos que no fueron voluntarios,pero que tienen una repercusión en el ámbito del derecho, es decir, en el nacimiento encontramos el derecho al nombre, a la filiación con los padres, etc.
2.- Eventos del hombre que independientemente de la voluntad de causar o encontrarse bajo los supuestos jurídicos previstos para ese hecho o suceso determinado (Pueden ser lícitos o ilícitos), se encuentran previstos por la norma jurídica:ejemplo,  la responsabilidad que nos de viene si nuestras mascotas causan algún daño a una persona o sus bienes, es un hecho,no estaba en nuestra voluntad, sin embargo, es un acontecimiento previsto por el derecho; o bien, el incumplimiento del pago de una deuda, un hecho con voluntad pero sin el deseo de las consecuencias que derivan de este, como puede ser el pago de un interés por mora.

Quedando claro la definición sobre los hechos jurídicos podemos tener la certeza que hay mas conductas previstas por el Derecho de las que podemos imaginar, debiendo estar conscientes que no se puede alegar ignorancia de la Norma Jurídica. 
No obstante, me parece bastante hipócrita la sola idea de pretender alegar ignorancia para librarse de una consecuencia jurídica, sobre todo en las conductas previstas como ilícitas, cuando de antemano sabemos que por moralidad está mal.

Las noticias sobre linchamientos no son cosa nueva, lo preocupante es el papel que desempeñan tecnologías de la información, forjándose como parte fundamental de estos acontecimientos, principalmente de forma negativa.
Todo empieza con una publicación, un clic y puedes saber la vida de alguien, otro clic y puedes colocar una noticia falsa sobre algo...o sobre alguien, "viralizando" sí, pero sobre todo, EXPONIENDO, y lo peor, somos parte de ese circulo, compartimos, reproducimos, damos likes, y nos volvemos participes. ¿Esta regulado? No del modo correcto; ¿Debería regularse? Definitivamente Sí, pero requeriría un presupuesto enorme por parte el Gobierno vigilar las redes, no la información personal, pero si la información expuesta de manera pública.



Ahora bien, la incitación es un delito, y resulta en una decisión que le atañe mas importancia de la que le damos. El Código Penal para el Estado de Veracruz, menciona:
Articulo 268.- A quien públicamente incite a cometer un delito o haga apología de éste o de un vicio, se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa hasta de cuarenta días"
¿Excluye a las redes sociales? No!, ¿Es necesario denunciar este tipo de situaciones? Definitivamente si, ¿Es fácil? No, pero es por que la Justicia en nuestro país jamas ha sido fácil; no lo es en nuestras calles, llevar justicia a quienes incitan linchamientos o a quienes participan activamente  resulta muy difícil, ni hablar de las redes sociales, sin embargo es importante hacerlo. 

No digo que empecemos con una especie de cacería contra este tipo de publicaciones y sus autores, pero creo es importante concienciar que lo que hacemos tiene una consecuencia, y si los valores no los detienen al menos que se den cuenta que podrían acarrearles una consecuencia jurídica, que un día alguien accionara. Puedes checar el siguiente link para saber mas del tema Daño moral y redes sociales.

Estoy de acuerdo que exponer ciertas noticias o situaciones es importante, pero, seamos conscientes cuando lo amerita, no porque la que era tu amiga te bajo al novio la expongas en facebook e incites a la violencia:
 1.- Esas publicaciones si pueden tener una consecuencia jurídica, solo que el ciberacoso es difícil de probar pero no imposible, mucho menos con toda la información que dejamos en la Red.
2.- Está mal por donde lo veas, y lo sabes en el fondo porque el objetivo es causar daño, ¿vale realmente la pena? ¿Soluciona el problema?.



Todo es sobre decisiones, elegir hacer el mal por un "bien" del que no estamos si quiera bien enterados como lo que sucede en los linchamientos, o elegir hacer un mal uso de las redes sociales, por desquite o burla; decisiones que pueden llevar una consecuencia jurídica sin desearla. Y tú, ¿Que piensas? ¿Debemos exponer a las personas? ¿Expondrías a alguien?, después del artículo ¿Lo reconsiderarías? 




Escrito por Utopía legal ⟴




















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