DAÑO MORAL Y REDES SOCIALES
DEFINICIÓN, CONSIDERACIONES Y ALCANCE. El derecho es reconocido como el medio por el cual una persona se defiende ante injusticias o daños a su persona y patrimonio; si me despiden, pues demando ante un Tribunal Laboral; si roban mi carro, presento mi denuncia ante la Fiscalia. Pero, ¿que hay de esas afectaciones causadas a los sentimientos, tranquilidad, creencias, honor, reputación y demás derechos ligados a la personalidad? ¿Como resarcir ese daño emocional y psicológico de una persona? ¿ Cuales son las hipótesis jurídicas para la reparación de los daños causados a los derechos de la personalidad? El daño moral es la alteración profunda que una persona sufre en sus derechos de la personalidad, como son sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien, en la consideración que de sí misma tienen los demás, producida por un hecho ilícito (u omisión ilícita ), esto de acuerdo a lo previsto...